IDENTIFICACIONES OFICIALES
Para los trámites en los que es necesario presentar identificación oficial para la realización
de algún trámite, se consideran oficiales, los siguientes documentos:
- Credencial para votar vigente.
- Pasaporte mexicano vigente.
- Cedula Profesional.
- Cartilla del Servicio Militar Nacional.
- Licencia de Conducir vigente.
- En el caso de extranjeros, presentar credencial de migración vigente.
COMPROBANTES DE DOMICILIO
- Estado de Cuenta bancario, no mayor a 4 meses de antigüedad.
- Recibo de predial, correspondiente al ejercicio en curso.
- Recibo de los servicios de luz, agua, televisión de paga, internet o teléfono, no mayor a
4 meses de antigüedad. No será necesario que se exhiban pagados y se considerará el mes de
consumo.
- Contratos de:
- Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente, en ambos casos, el
arrendador o subarrendador debe estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el
arrendador o subarrendador sea una persona física, requiere estar inscrito en el régimen
de arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.
- Prestación de servicios a nombre del contribuyente, en el que se incluya el uso de una
oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del
recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
- Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no debe tener una
antigüedad mayor a 3 meses.
- Servicios de luz, teléfono o agua suscritos por el contribuyente, que no tenga una
antigüedad mayor a 2 meses.
- Comodato, el contribuyente podrá presentar contrato de comodato debidamente firmado y
adjuntar copia de identificaciones oficiales vigentes de las partes que intervienen.
- Ultima liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Carta de radicación o de residencia en el Estado a nombre del contribuyente expedida por
los gobiernos municipales, no mayor a 4 meses de antigüedad.
- En el caso de dependencia de Gobierno Federal, Estatal o Municipal, que no cuenten con
algún comprobante de domicilio a nombre de la dependencia. Estas podrán presentar una
declaratoria (escrito libre) bajo protesta de decir verdad en hoja membretada, señalando
la ubicación de la dependencia. Indispensable anexar croquis de ubicación.
- La Recaudación podrá aceptar para el trámite de inscripción de una persona moral los
comprobantes de domicilio establecidos en los numerales 1, 2, 3 y 4 del presente apartado
que se encuentren a nombre de uno de los socios o accionistas, siempre y cuando cumplan con
los requisitos previstos en dichos numerales.
- Cuando el comprobante se encuentre a nombre del conyugue se debe presentar el acta de
matrimonio, o en el caso de que este a nombre de algún pariente directo deberá presentar
acta de nacimiento donde coincida por lo menos un apellido en el comprobante presentado de
los requisito
CARTA PODER
La Carta Poder simple, consiste en autorizar a un tercero para realizar el trámite deseado ante
la Recaudación de Rentas.
Esta carta deberá estar firmada por el contribuyente, por quien recibe el poder y por dos
testigos, anexando copia por ambos lados de las identificaciones oficiales de cada una de las
personas que firman dicha carta.