REGISTRO PÚBLICO DE AGRESORES SEXUALES
EN BAJA CALIFORNIA
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Mecanismo de información de carácter administrativo el cual tiene por objeto la plena identificación de las personas condenadas con sentencia firme por delitos sexuales en Baja California.

¿Qué casos ingresan al registro?


De conformidad con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California su objeto es la plena identificación de las personas condenadas con sentencia firme por delitos de:



  • Violación
  • Abuso Sexual
  • Corrupción de menores
  • Estupro
  • Acoso sexual
  • Hostigamiento sexual
  • Pederastia
  • Pornografía
  • Turismo sexual
  • Lenocinio
  • Contra la intimidad y la imagen
ART.
49
de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California

¿Cómo puedo consultar el registro?


La legislación aprobada en Baja California establece que el Registro Público de Agresores Sexuales, podrá ser consultado por:

1

Cualquier persona con plena capacidad de ejercicio

2

Demuestre el interés legítimo para acceder

3

Trate de prevenir o atender actos relacionados con violencia sexual


Para tal efecto, la Secretaría General de Gobierno fijará en el Reglamento correspondiente los criterios y requisitos de acceso, observando en todo momento las disposiciones normativas aplicables al derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales.

Para efectos de acceder al Registro se llenará un formato de acceso en este portal.


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